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Urbanismo modificará el Plan General para que las nuevas edificaciones en La Torre tengan los aparcamientos en altura y evitar que se inunden

• Vista aérea de la Torre

06/06/2025

  • Las medidas que se proponen, que consisten básicamente en permitir el aparcamiento sobre rasante, son habituales en otros países y se han demostrado eficaces
  • Las plantas de aparcamiento, que se situarían por encima de la planta baja, hasta un máximo de dos, no computarían a efectos de edificabilidad, al igual que tampoco computan cuando se sitúan bajo rasante.

El Ayuntamiento modificará el Plan General de Ordenación Urbana para que las nuevas edificaciones en la pedanía de La Torre tengan aparcamientos en altura y evitar que se inunden en casos de fuertes lluvias. El portavoz del gobierno municipal, Juan Carlos Caballero, ha anunciado el acuerdo adoptado hoy por la Junta de Gobierno Local por el que se inicia el proceso de modificación puntual de la ordenación urbanística de La Torre que permitirá que las nuevas edificaciones que se construyan cuenten con aparcamientos en altura. “Se prevé habilitar los aparcamientos en las plantas primera y segunda, con el fin de evitar el riesgo de las inundaciones, a la vista de los efectos de la dana del pasado 29 de octubre de 2024 y en previsión de nuevos acontecimientos similares que pudieran ocurrir”, ha explicado Caballero.

Por su parte, el concejal de Urbanismo, Viviendas y Licencias, Juan Giner, ha explicado que “las medidas que se proponen, que consisten básicamente en permitir el aparcamiento sobre rasante, son habituales en otros países y se han demostrado eficaces (modelo IKEA)”. Para ello, en la modificación urbanística se mantienen las dos tipologías de edificios que ahora existen TOB (torres en bloque) y TOE (torres exentas), y se establecen dos posibles determinaciones en relación con el aparcamiento.

Las dos nuevas opciones que se regularán para habilitar los aparcamientos de los edificios que se edifiquen en este ámbito, atendiendo el riesgo de inundación serán las siguientes:

En primer lugar, aparcamiento en semisótano elevado más de 1,5 metros sobre la rasante de la calle, formando un plinto o basamento de la edificación (bloque o torre). Los accesos tanto al aparcamiento como a la torre se sitúan sobre una plataforma situada a 1,5 metros de altura sobre la rasante de la calle para impedir que, en caso de inundación, el agua entre tanto en los aparcamientos como en el edificio.

En segundo lugar, aparcamiento sobre la planta baja, en plantas primera y segunda, de tal modo que las plantas de aparcamiento construidas sobre rasante no computen a efectos de edificabilidad. Las plantas de aparcamiento situadas por encima de la planta baja, hasta un máximo de dos, no computan a efectos de edificabilidad, al igual que tampoco computan cuando se sitúan bajo rasante.

“La trágica riada provocada por la dana nos marcó un reto muy importante a toda la sociedad, tanto a las administraciones públicas como a la iniciativa privada. Y ese reto es abordar un diseño más seguro para los nuevos edificios, dotaciones públicas, jardines e infraestructuras, sobre todo en aquellos que están próximos a zonas inundables”, ha concluido el concejal de Urbanismo, Juan Giner. 

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Juan Carlos Caballero