Los órganos de gobierno de la Sociedad son la Junta General y el Consejo de Administración.
La Junta General, legalmente constituida, decidirá por mayoría los asuntos sociales de su competencia. Todos los socios, incluso los disidentes y los ausentes de la reunión, quedan sometidos a sus acuerdos.
Las Juntas Generales podrán ser ordinarias y extraordinarias. La Junta General ordinaria se reunirá dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio social para censurar la gestión social, aprobar si corresponde las cuentas y balance del ejercicio anterior, y resolver sobre la distribución de beneficios. Todas las otras Juntas serán extraordinarias.