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València destina ayudas para iluminación decorativa de las calles de las comisiones falleras y para la celebración del 25 aniversario

• Les ajudes per a la il·luminació dels carrers de cada falla suposen un 19% del cost total, aproximadament

17/04/2025

  • El Ayuntamiento otorgará 210.000 euros para la iluminación y 45.000 euros para los actos conmemorativos del 25 aniversario o sus múltiplos
  • Estas convocatorias se suman a las que se aprobaron la semana pasada de 100.000 euros para la pirotecnia y de 75.000 euros para las bandas de música

La Junta de Gobierno Local (JGL) ha aprobado convocar ayudas económicas a las comisiones falleras para la iluminación decorativa de las calles de su demarcación con motivo de las Fallas de 2025 y para apoyar la conmemoración de los actos del veinticinco aniversario o sus múltiplos que las comisiones hacen a lo largo del año, con el fin de promover la cultura y el patrimonio festivo. Estas convocatorias se suman a las que se aprobaron la semana pasada de 100.000 euros para la pirotecnia y de 75.000 euros para las bandas de música.

Así, las subvenciones para la iluminación contemplan un importe máximo de 210.000 euros y en ningún caso el importe de las ayudas podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada. En general, la ayuda supone un 19 % del coste de la iluminación decorativa de las calles de cada falla.

Podrán solicitar estas ayudas las comisiones de falla de la ciudad de València, en su condición de entidades sin ánimo de lucro e integradas en Junta Central Fallera, que cuenten con capacidad jurídica para ello. Asimismo, deberán estar inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento en la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud.

La subvención únicamente estará referida a elementos como portadas; arcos luminosos; espumillones luminosos decorativos; letreros luminosos con el nombre o escudo de la falla; o conmemorativos del vigésimo quinto aniversario o sus múltiplos (siempre y cuando no se soliciten en su convocatoria correspondiente); y focos o proyectores de los monumentos.

Las comisiones falleras solicitantes deberán presentar la solicitud junto con la documentación requerida de manera telemática en la Sede electrónica del Ayuntamiento (ubicada en la web www.valencia.es con la ruta: Sede Electrónica, Trámites, Materias, Cultura, Fiestas y Cultura Popular) o cualquiera de los medios que determina el artículo 16.4 LPAC. Además, deberán adjuntar el plano de emplazamiento donde se señalen los elementos y tipo de iluminación decorativa para la que se solicita subvención mediante leyendas explicativas como por ejemplo foco o guirnalda. Los elementos señalados han de coincidir con los especificados en las facturas aportadas.

Por otra parte, el Ayuntamiento también convocará subvenciones para las comisiones falleras que cumplan su 25 aniversario o sus múltiplos en el ejercicio 2024-2025 y que realicen actos conmemorativos, por un importe de 45.000 euros.

Las comisiones solicitantes deberán cumplir los mismos requisitos indicados para la convocatoria de ayudas para la iluminación decorativa y según el tipo de aniversario a celebrar, la cuantía individualizada que se concederá será de 1.500 euros para la celebración del 25 aniversario; de 2.000 euros para el 50 aniversario; de 2.500 euros para el 75 aniversario; y de 3.000 euros para el centenario y demás múltiplos de veinticinco.

Serán subvencionables actividades como la organización de exposiciones, físicas o de carácter virtual, de temática vinculada con los diferentes aspectos del aniversario; la elaboración de cualquier soporte gráfico o audiovisual con motivo de la efeméride; la producción y edición de libros con motivo de la conmemoración; el apoyo a los actos organizados y cualquier otro gasto que sirva para el desarrollo de las actividades del aniversario.

La solicitud se presentará por vía telemática con la misma ruta indicada en la anterior convocatoria o cualquiera de los medios que indica el artículo 16.4 LPAC. En ella se deberá aportar el certificado emitido por la Junta Central Fallera que acredite el aniversario y se detallará si se trata de aniversario de falla plantada o registrada y una memoria o proyecto de actividades realizadas o a realizar.

Ambas ayudas se otorgarán por concurrencia competitiva y son compatibles con la percepción de otras subvenciones, ingresos o recursos con la misma finalidad. También ambas convocatorias serán publicadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y sus extractos en el Boletín Oficial de la Provincia de València (BOP), en la Sede electrónica, la web del Ayuntamiento y la de la Junta Central Fallera. El plazo de presentación de las solicitudes será para las dos subvenciones de 20 días naturales a partir del siguiente de su publicación en el BOP.

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Juan Carlos Caballero