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El Ayuntamiento amplía hasta el 16 de mayo el plazo de presentación de solicitudes de las ayudas de comedor escolar y de la Escola d'Estiu

• Las solicitudes pueden presentarse personalmente en las oficinas municipales o por vía telemática en la sede electrónica
07/05/2025
- El Ayuntamiento destina una partida de cuatro millones de euros para estas subvenciones de carácter social
- Las familias que perciban la Renta Valenciana de Inclusión o tengan medidas de protección de acogida familiar tendrán garantizadas estas ayudas económicas
El Ayuntamiento de València ha ampliado hasta el 16 de mayo el plazo de presentación de solicitudes para optar a las ayudas de comedor escolar y de la Escola d’Estiu. Las dos convocatorias tienen como objetivo promover el acceso a la educación infantil en igualdad de condiciones de niños y niñas de 0 a 3 años por medio de subvenciones de apoyo a la alimentación escolar o a la escolarización extraordinaria durante el mes de julio con el objetivo de favorecer la conciliación familiar y laboral.
La Concejalía de Educación destina a estas ayudas más de cuatro millones de euros. El importe máximo mensual de la ayuda de la Escola d’Estiu será de 120 euros para el mes de julio de 2026. El importe máximo mensual de la ayuda de comedor escolar será de 94,5 euros por un período máximo de once mensualidades sin que, en ningún caso, el importe mensual de la ayuda pueda superar la cuota mensual establecida.
Puede acceder a esta subvención el alumnado de educación infantil de entre cero y tres años empadronado en el municipio de València y que reúna los requisitos establecidos en las bases: que la persona o personas progenitoras o los representantes legales de los menores estén empadronados en el municipio de València desde el momento de formalizar la solicitud y hasta la conclusión del curso escolar 2025-2026, excepto casos excepcionales y determinados en las bases; y que las escuelas deberán estar situadas en el término municipal de València, salvo determinadas excepciones reguladas en la convocatoria, entre otros aspectos.
Además de la renta anual familiar, la comisión técnica tendrá en cuenta otros criterios de baremación, como los casos de familias numerosas, partes múltiples, familias monoparentales o situación legal de desempleo de los miembros de la unidad familiar. Hay que recordar que las familias beneficiarias de la Renta Valenciana de Inclusión (RVI) o que sean titulares de una medida de protección de acogida familiar tienen garantizado el acceso a estas ayudas así como los casos en los que haya en la familia alguna víctima de violencia de género.
Para consultar las bases y acceder al trámite electrónico de presentación de instancias, pinchar en este enlace.
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