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Área de incorporación de la perspectiva de género en la Administración Local - València

Áreas de intervención >> Área de incorporación de la perspectiva de género en la Administración Local

Comisión Técnica Interáreas Municipales para la Igualdad.

FUNDAMENTACIÓN

El Plan Marco de Igualdad entre Mujeres y Hombres para llevar a cabo la necesaria transversalidad en todas sus actuaciones, establece en su desarrollo operativo la necesidad de adoptar medidas de cooperación y coordinación entre las distintas áreas municipales.

La transversalidad es a la vez un objetivo y un instrumento de trabajo. Pretende introducir líneas de trabajo en los distintos servicios o departamentos, no asignadas o asignables a uno en concreto. Es un instrumento de organización interna que asegura la transparencia y la accesibilidad a la información y el conocimiento, mantiene abiertos y activos canales formales e informales de relación, facilitando que las actuaciones realizadas sean protagonizadas por distintos departamentos.
En esta línea se establecen actuaciones concretas, dentro de cada área de intervención del Plan, que deben ser ejecutadas desde las diferentes áreas municipales con competencias en esa materia.

Por otra parte, muchas de las actuaciones establecidas deben realizarse no sólo por un área municipal sino por dos o varias de ellas.

Por ello, en el proceso ya emprendido de desarrollo del Plan, son parte actora imprescindible las diferentes áreas municipales coordinadas por Concejalía de igualdad y Políticas Inclusivas (Sección Mujeres e Igualdad).

Esta Comisión será por tanto, un instrumento técnico que nos permita coordinar y realizar el seguimiento de las actuaciones del Plan.

OBJETIVO GENERAL

Implantar transversalmente la perspectiva de género (igualdad) en todas las áreas municipales, consolidando la coordinación iniciada desde la Concejalía de Igualdad y Políticas Inclusivas para unificar criterios de actuación en el desarrollo del Plan.

FUNCIONES

Corresponde a la Comisión Técnica Interáreas Municipales establecer los criterios generales de coordinación, seguimiento y evaluación de las actuaciones que se desarrollen, en el marco del Plan.

En este sentido se establecen como funciones específicas de la Comisión:

· Realizar el asesoramiento y las aportaciones técnicas necesarias para adecuar las actuaciones municipales al principio de igualdad entre mujeres y hombres.
· Coordinar las acciones del Plan que deben desarrollarse desde diferentes áreas municipales.
· Promover, programar y realizar actuaciones conjuntamente para el desarrollo del Plan.
· Velar por el cumplimiento y realizar el seguimiento de la ejecución de las actuaciones en sus respectivas áreas municipales.
· Facilitar información constante sobre la evolución de las actuaciones en cada área municipal.
· Conocer las actuaciones que en materia de igualdad puedan desarrollarse desde o en colaboración con otras entidades públicas y privadas y determinar la adecuación y coordinación de las acciones que permitan una máxima eficacia.
· Colaborar en la planificación y evaluación del Plan.

METODOLOGIA DE ACTUACIÓN

La Comisión estará compuesta por distintas áreas municipales implicadas en el Plan y representadas por personal técnico designado por cada una de las concejalías.

Se reunirá con carácter ordinario dos veces al año, aunque se podrá hacer con carácter extraordinario cuantas veces se considere oportuno a petición de cualquier área municipal.