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Ferrer San Segundo: “València empezará a notificar el ‘basurazo’ de Sánchez durante cinco meses a partir de abril”

• Contenedores de residuos urbanos en una calle del centro de València

27/03/2026

  • La concejala de Hacienda ha recordado que el Ayuntamiento sólo cobrará en 2026 la nueva tasa de la recogida y transporte de basuras correspondiente a 2025
  • El Servicio de Gestión Tributaria ha habilitado una oficina de información en la Gran Via de Les Germanies para atender a la ciudadanía
  • El Ayuntamiento de València ha ampliado hasta el 31 de mayo de 2026 el plazo para solicitar los beneficios fiscales

La concejala de Hacienda del Ayuntamiento de València, María José Ferrer San Segundo, ha anunciado este viernes que a partir del próximo 1 de abril se empezará a notificar la nueva tasa por la prestación del servicio de recogida y transporte de residuos sólidos urbanos. La también primera tenienta de Alcaldía ha afirmado que “se trata de la nueva tasa de basuras impuesta a todos los ayuntamientos por el Gobierno de España en la ley estatal de residuos, que consuma el ‘basurazo’ de Pedro Sánchez”.

A su juicio, “el artículo 11 de la Ley estatal 7/2022, de 8 de abril, ha exigido a los ayuntamientos aprobar, para 2025, una tasa específica, diferenciada y no deficitaria, que refleje el coste del servicio de recogida y transporte de las basuras. Esto supone que no se puede dejar sin cubrir ni todo ni una parte esencial del servicio, y nos obliga, en contra de nuestra voluntad, a repercutir a los ciudadanos el coste total que supone la recogida y transporte de residuos”.

Ferrer San Segundo ha incidido en que “se habría evitado la situación que está generando el ‘basurazo’ en toda España, si la izquierda hubiera aprobado las enmiendas del Partido Popular. Enmiendas para suprimir la tasa y, si no lo apoyaban, al menos hacerla menos onerosa para los ciudadanos, con un mayor plazo de implantación y eliminando su configuración como específica y no deficitaria, que impide asumir costes por los ayuntamientos y restringe la posibilidad de mayores bonificaciones”.

La primera fase de gestión de la tasa ha sido aprobar el complejo padrón con más de 440.000 recibos y la formalización del contrato de servicios de colaboración en la gestión tributaria y para la notificación personal de los recibos, atención a la ciudadanía y recaudación voluntaria. A partir de abril y durante cinco meses se va a proceder a notificar de manera individualizada y personal las liquidaciones de alta en el padrón, al tratarse de un nuevo tributo, por lo que la fecha de pago de la primera tasa dependerá en cada caso de la fecha de notificación. Si se recibe entre los días 1 y 15 de mes, el pago será hasta el día 20 del mes posterior (o el inmediato hábil siguiente). Sin embargo, si se recibe entre los días 16 y último de mes, el pago será hasta el día 5 del segundo mes posterior (o el inmediato hábil siguiente).

Los servicios municipales han estimado que el periodo de notificación se prolongue durante los próximos cinco meses. Para ello, el Ayuntamiento ha habilitado una oficina de gestión e información de la tasa de residuos que se encuentra operativa en Gran Vía de Les Germanies, 49, de lunes a viernes, en horario de 8:15 a 19:15 horas, y teléfono de atención en el mismo horario: 963 896 396.

Por lo que respecta a la tasa correspondiente a 2026, Ferrer San Segundo ha señalado que el Ayuntamiento prevé pasarla al cobro en 2027. En este sentido, ha reprochado que “desde la oposición se ha venido alarmando a la ciudadanía, mintiendo deliberadamente porque ya dijimos en el Pleno que no se iba a obligar a pagar dos veces la tasa en un mismo año”.

Un padrón con 440.510 recibos

Atendiendo al padrón aprobado el pasado mes de diciembre, se prevé un total de 440.510 recibos entre viviendas, comunidades de propietarios y actividades. En el caso de las viviendas y comunidades de propietarios, se estima que el 47,3 % (189.594 de las 400.594) la cuota resultante será de 39,14 €/año. Además, considerando todos los tramos de tarifas contemplados en la ordenanza en función del consumo de agua, el recibo medio domiciliario ascenderá a 90,59 euros, según ha explicado Ferrer San Segundo. Por otro lado, el recibo medio de las actividades económicas asciende a 243,02 euros.

“A pesar que la configuración legal de la nueva tasa como “no deficitaria” exige cubrir todos los costes del servicio, lo que restringe la concesión e importe de las reducciones y bonificaciones que los Ayuntamientos pueden aplicar para reducir las tarifas; en el Pleno de enero, con el rechazo del Grupo Socialista y la abstención del Grupo Compromís, aprobamos provisionalmente modificar la ordenanza para ampliar el plazo de solicitud de beneficios fiscales al 31 de mayo de 2026”. “Menos mal que frente al ‘basurazo’ impuesto por Sánchez, el gobierno de María José Catalá ha establecido políticas de alivio fiscal desde el inicio del mandato. Durante 2024, 2025 y ahora en 2026, estamos aplicando la mayor bajada de impuestos y tasas de la historia de este ayuntamiento”, ha afirmado la primera tenienta de Alcaldía. “Ejecutamos las obligaciones instauradas por Sánchez y tomamos medidas para aliviar su basurazo”, ha concluido.

Recogida, transporte y tratamiento

Cabe recordar que esta tasa cubre la recogida y el transporte de la basura hasta las plantas de la Entidad Metropolitana para el Tratamiento de Residuos (EMTRE) y es distinta a la que este segundo organismo público cobra en el recibo del agua, a través de la tasa Tamer, y que cubre las siguientes fases de tratamiento y posterior eliminación en el vertedero de Dos Aguas. En ambos casos, el cálculo del importe se basa en el consumo de agua potable anual del año anterior. En la nueva tasa de recogida y transporte de residuos el obligado principal al pago es la persona propietaria del inmueble a fecha 1 de enero de cada año. No obstante, ésta podrá repercutir, en su caso, las cuotas satisfechas a las personas que ocupen o utilicen la vivienda o local si estos no son los dueños.

Bonificaciones fiscales

Con la última modificación del texto aprobada por el Pleno, el Ayuntamiento de València ha ampliado hasta el 31 de mayo de 2026 el plazo para solicitar los siguientes beneficios fiscales y exenciones para la tasa correspondiente al año 2025 y servirá también para la del 2026 (pudiendo acumularse las reducciones y bonificaciones):

  • Reducción del 30% a familias numerosas (3 o más hijos, con carácter general) para la vivienda habitual (con concesión automática cuando se disponga de bonificación en IBI y posibilidad de acogerse los arrendatarios).
  • Reducción del 30% para la vivienda habitual de familias con escasos recursos (unidad familiar cuyos ingresos no superen el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) referido a 14 pagas).
  • Bonificación de 10 € a usuarios que utilicen ecoparques al menos una vez al año.

— Para inmuebles con actividades económicas

  • Bonificación de 50 € a actividades económicas que utilicen sistemas de recogida municipal de papel y cartón ‘puerta a puerta’.
  • Bonificación del 10% a empresas de distribución alimentaria y restauración que tengan establecidos en colaboración con entidades de economía social sin ánimo de lucro, sistemas de gestión que reduzcan los residuos alimentarios de forma significativa y verificable (comedores sociales).
  • No sujeción de actividades que tengan contratado gestor de residuos autorizado para la recogida de todas las fracciones que generen, acreditando que así es ante el Ayuntamiento.

Información de la tasa en la web municipal

El Ayuntamiento ha dispuesto una sección con un documento de preguntas frecuentes en el enlace https://www.valencia.es/cas/tramites/tributos-municipales/tasa-de-residuos de la página web municipal, donde se ofrece toda la información relativa a la nueva tasa. La tasa del ejercicio 2025 se pondrá al cobro durante el primer semestre de 2026. Los servicios municipales procederán a la notificación individualizada de la imposición de la nueva tasa, al tratarse de la implantación de un nuevo tributo.

El primer pago de esta tasa no se puede domiciliar al tener que hacerse obligatoriamente la notificación individualizada por tratarse de la implantación de un nuevo tributo. Pero se podrá solicitar la domiciliación de los recibos de 2026 y siguientes años. Sin embargo, para la tasa correspondiente a la anualidad de 2026 y siguientes, que se hará por recibo, sí se podrá domiciliar el pago y contará en ese caso con una bonificación del 2%.

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María José Ferrer San Segundo
María José Ferrer San Segundo