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La Junta de Gobierno aprueba las bases para las casetas de venta en el paseo marítimo del Cabanyal este verano

• La actividad de venta se podrá iniciar a partir del 1 de junio y finalizará el 30 de septiembre de 2026.

24/04/2026

  • El Ayuntamiento concederá 81 módulos, de tres metros de ancho por tres metros de profundidad, donde las personas autorizadas instalarán su actividad comercial
  • La actividad de venta en el mercadillo playero se podrá iniciar a partir del 1 de junio y finalizará el día 30 de septiembre de 2026

El Ayuntamiento ha aprobado este viernes, en la última sesión ordinaria de la Junta de Gobierno Local (JGL) del mes de abril, las bases para la convocatoria de la concesión de autorizaciones para las casetas de venta en el paseo marítimo de la playa del Cabanyal, durante la temporada estival de 2026. En total, se concederán 81 módulos, de tres metros de ancho por tres metros de profundidad, donde las personas autorizadas instalaran su actividad comercial.

Las casetas podrán iniciar su montaje el día 30 de mayo de 2026, una vez haya sido aprobada la relación de personas autorizadas para el ejercicio de la venta, mientras que el desmontaje se deberá efectuar entre el día 30 de septiembre, último día en que podrá realizarse la actividad de venta, y el 2 de octubre de 2026. Todos los gastos derivados del alquiler, instalación y desmontaje de las casetas serán a cargo de las personas solicitantes.

La actividad de venta se podrá iniciar a partir del día 1 de junio, una vez haya sido aportada la documentación y los servicios municipales expidan el correspondiente permiso. La actividad finalizará el día 30 de septiembre de 2026. El horario de venta será de 11:00 a 23:00 horas, de lunes a jueves, y de 11:00 a 23:59 horas, de viernes a domingo.

Respecto a los productos autorizados para la venta, se podrá comerciar con artesanía, marroquinería, bisutería, piedras semipreciosas, cerámica, láminas, dibujos, pinturas, souvenirs, etc. También artículos de madera, juguetes, artículos de playa y gafas de sol (con la correspondiente homologación mediante la marca CE).

Los artículos de playa que se podrán vender son sombreros, gorras, chanclas, sandalias, pelotas de playa, toallas, hamacas, flotadores, manguitos y cubos, entre otros. Asimismo, se permitirá la venta de pareos o bañadores y queda prohibida la venta de ninguna otra clase de calzado o de ropa que no sea de verano. Además, también queda restringida la realización de tatuajes, piercings, trenzas en el pelo, caricaturas, así como cualquier otra actividad que no tenga como fin primordial la venta.

Podrán solicitar la autorización las personas físicas o jurídicas que cumplan los siguientes requisitos: estar al corriente en el pago de las cotizaciones de la Seguridad Social; en el caso de personas extranjeras y nacionales de países que no sean miembros de la Unión Europea, deberán estar en posesión de los correspondientes permisos de residencia y de trabajo por cuenta propia; y no tener deudas con el Ayuntamiento.

Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de 10 días hábiles, a partir de la publicación de las presentes bases en el tablón de anuncios del Servicio de Comercio y Mercados y en la página web municipal. En concreto, las solicitudes de autorización podrán presentarse en cualquiera de los registros municipales del Ayuntamiento, en las oficinas de Correos, en las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero o en las oficinas de asistencia en materia de registros. También podrá realizarse la presentación telemática de las solicitudes a través de la sede electrónica, para lo que habrán de disponer de certificado electrónico.