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Las familias con menores de 0 a 6 años pueden presentar ya sus solicitudes a las ayudas Escola Matinera

• Esta línea de subvenciones municipales va dirigida a facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar.

20/02/2026

  • Con la publicación de las bases en el BOPV ayer jueves, se ha abierto el plazo de presentación de instancias, que permanecerá activo hasta el próximo 11 de marzo
  • El importe de cada subvención no podrá ser superior a 125 euros por alumno o alumna y, en todo caso, no podrá superar el coste total de la actividad subvencionada
  • El Ayuntamiento destina este año 300.000 euros a financiar esta modalidad de escolarización de los niños y niñas menores de 6 años en la ciudad

Las familias con menores a su cargo de edades comprendidas entre los 0 y los 6 años de edad, pueden solicitar ya las ayudas Escola Matinera, una línea de subvenciones municipales dirigidas a facilitar la conciliación de la vida laboral y familiar, y a permitir a las familias con menores recursos acceder a este servicio.

Con la publicación en el BOP (Boletín Oficial de la Provincia) del anuncio de la convocatoria el pasado jueves, día 19, se abrió el plazo de 20 días naturales, a contar desde el viernes 20, para presentar las solicitudes. El Ayuntamiento destina este año 300.000 euros a financiar esta modalidad de escolarización de los niños y niñas menores de 6 años en la ciudad. La Junta de Gobierno Local aprobado la convocatoria el pasado 6 de febrero.

Pueden acceder a estas subvenciones las familias de los menores de 0 a 6 años empadronados en el término municipal de València que sean beneficiarias del servicio de comedor escolar y/o del Cheque Escolar. Para poder ser beneficiarios, es requisito imprescindible que dentro de cada unidad familiar, ambos progenitores del menor estén en situación de trabajo en activo. En el caso de las familias monoparentales, la persona progenitora deberá cumplir igualmente este requisito.

El importe de cada subvención no podrá ser superior a 125 euros por alumno o alumna y, en todo caso, no podrá superar el coste total de la actividad subvencionada. Una vez abierto el plazo de presentación de instancias, tanto las solicitudes como la documentación deben presentarse de forma preferente por medio de la sede electrónica municipal.