La Policía Local - València
Historia
La Policía Local de Valencia se crea en 1870. Sus antecedentes se encuentran en los alguaciles y en el Cuerpo de Vigilantes y Serenos que eran los que velaban por la convivencia y hacían cumplir los mandatos de la autoridad en el siglo XIX.
Su actual denominación de "Policía Local" se produce en el año 1986, habiendo tenido hasta entonces diferentes nombres, tales como Guardia Urbana, Guardia Municipal y Policía Municipal.
El ámbito de actuación corresponde a todo el territorio municipal. Su demarcación se encuentra dividida en siete distritos, estando en tres de ellos incluidas las pedanías de la ciudad.
Los cometidos de la Policía Local, van desde la vigilancia y regulación del tráfico hasta la seguridad ciudadana, pasando por vigilar el cumplimiento de bandos y ordenanzas municipales, funciones de policía administrativa y educativa.
Nuestro lema Ayudar y Proteger es la base de la formación que reina en los miembros de este centenario Cuerpo de Policía.
Todas nuestras competencias se encuentran recogidas en el art. 53 de la Ley Orgánica 2/1986 de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad:
- Proteger a las autoridades de las Corporaciones Locales, y vigilancia o custodia de sus edificios e instalaciones.
- Ordenar, señalizar y dirigir el tráfico en el casco urbano, de acuerdo con lo establecido en las normas de circulación.
- Instruir atestados por accidentes de circulación dentro del casco urbano.
- Policía Administrativa, en lo relativo a las Ordenanzas, Bandos y demás disposiciones municipales dentro del ámbito de su competencia.
- Participar en las funciones de Policía Judicial, en la forma establecida en el artículo 29.2 de esta Ley.
- La prestación de auxilio, en los casos de accidente, catástrofe o calamidad pública, participando, en la forma prevista en las Leyes, en la ejecución de los planes de Protección Civil.
- Efectuar diligencias de prevención y cuantas actuaciones tiendan a evitar la comisión de actos delictivos en el marco de colaboración establecido en las Juntas de Seguridad.
- Vigilar los espacios públicos y colaborar con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado y con la Policía de las Comunidades Autónomas en la protección de manifestaciones y el mantenimiento del orden en grandes concentraciones humanas, cuando sean requeridos para ello.
- Cooperar en la resolución de los conflictos privados cuando sean requeridos para ello.
Como puede observar, en el extracto del articulado de la Ley, las misiones del Cuerpo de la Policía Local son numerosas. A pesar de ello, la actuación policial va más allá en muchas ocasiones debido a la calidad humana de sus miembros.
Las misiones son nuestra base, pero hemos querido añadirle un nuevo valor a lo puramente técnico el trato con el ciudadano.Este valor añadido al servicio que prestamos garantiza que el cumplimiento de estas misiones lleve aparejado la búsqueda de un servicio de calidad hacia el ciudadano al que servimos.
En algunas ocasiones, nuestras actuaciones se realizan conjuntamente con otros Cuerpos de ámbito estatal como son el Cuerpo Nacional de Policía y la Guardia Civil, así como con la Policía Autonómica que desarrolla sus cometidos en el territorio de la Comunidad Autónoma. En Valencia cabe destacar el funcionamiento de la Sala Conjunta 091 - 092 que atiende los servicios que se producen en la ciudad coordinando los servicios. Por otro lado, el trabajo conjunto en la Inspección Central de Guardia, donde se tramitan los atestados policíales dando una mayor agilidad a las diligencias policiales expendidas por la detención de aquellas personas que han estado implicadas en actos delictivos