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Reclamaciones - València

RECLAMACIONES

¿Cómo reclamar?

Asesoramiento

Cuando un consumidor estima que han sido vulnerados sus derechos, debe ponerlo en conocimiento del vendedor o prestador de servicios y tratar de esclarecer los hechos. Esta es la primera vía para solucionar un conflicto: no perder la calma y tratar de conciliar posiciones mediante el diálogo.

Si esta solución no ha sido satisfactoria o ha sido imposible, hay que recurrir a los mecanismos que la normativa de consumo establece para llevar adelante la reclamación. Pero también hay que tener en cuenta que será inútil plantear una reclamación si no se pueden demostrar hechos ciertos difíciles de comprobar mediante la intervención de las autoridades de consumo, incluso cuando interviene la inspección. Por ello aconsejamos leer bien los contratos y guardar toda la documentación, sobre todo contratos y facturas.

Vías para formular la reclamación:

  • Solicitar las Hojas de Reclamaciones oficiales de la Generalitat Valenciana. Cumplimentarlas siguiendo las instrucciones y hacer llegar el ejemplar para la Administración a los organismos competentes (Oficina Municipal de Información y Defensa del Consumidor, Servicio Territorial de Consumo). El consumidor conservará en su poder la copia de color verde.
  • Presentar directamente la reclamación en cualquiera de los organismos citados o en una Asociación de Consumidores.
  • En el supuesto de no disponer de hojas de reclamaciones, se puede reclamar mediante un escrito en el que consten claramente los datos del reclamante y del reclamado, la exposición de los hechos que motivan la reclamación, la pretensión, la fecha y la firma del reclamante.

Puede descargarse elimpresoen formato pdf (1329 kb).

Observaciones

  • Cualquiera que sea el medio elegido, es muy importante hacer constar claramente la pretensión, es decir, expresar cuál es la solución que el consumidor espera obtener.
  • También hay que aportar toda la documentación de que se disponga en la que estén reflejadas las circunstancias del contrato de consumo (facturas, recibos, folletos publicitarios, documentos de garantía, etiquetado, instrucciones de uso, etc.)

RECLAMACIONES

¿Qué reclamaciones tramita la OMIDC?

Se admiten y tramitan las reclamaciones:

  • Cuando el reclamante es vecino de Valencia y el establecimiento tiene su sede o sucursales dentro del término municipal.
  • Cuando el reclamante es vecino de Valencia y el establecimiento está domiciliado fuera. En este caso, se hace la mediación por correo, pero si se estima que ha de intervenir una inspección, la OMIDC se remite la reclamación al organismo de consumo que resulta competente para ponerse en contacto con el establecimiento reclamado.
  • Cuando el reclamante no es vecino de Valencia y la empresa reclamada está domiciliada en nuestro término municipal.

En las reclamaciones surgidas como consecuencia de servicios prestados en virtud de un contrato de gestión de servicios públicos, normalmente se remite la reclamación a la Administración competente.

No se admiten ni se tramitan:

Las reclamaciones relativas a conflictos entre particulares. Porque una relación de consumo se establece siempre entre un empresario o profesional y un consumidor final. La confusión más frecuente se produce en las consultas y reclamaciones sobre arrendamiento de vivienda, donde no puede intervenir la OMIDC.

Por responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. Para este tipo de reclamaciones existe un procedimiento administrativo específico.