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Actividad Política del Pleno y las Comisiones | Ayuntamiento de Valencia - València

Actividad de índole política realizada por el Pleno y las Comisiones

Al Pleno, como máximo órgano de representación de la ciudadanía, le corresponde fijar la posición política municipal y la fiscalización y control de los órganos de gobierno. Esta específica actividad plenaria está regulada en el Título VII del vigente Reglamento Orgánico del Pleno (ROP), cuyo texto íntegro puede ser consultado en esta web, apartado 'Ordenanzas y Disposiciones. Plan normativo', subapartado 'Organización municipal, artículos 119 a 136'.

Con esta finalidad, concejales y concejalas y grupos políticos pueden presentar declaraciones institucionales, mociones, preguntas, interpelaciones y ruegos, en todas las sesiones plenarias ordinarias del Pleno. El orden del día de la sesión las recoge bajo el título común de PROCEDIMIENTOS DE CONTROL E INICIATIVAS para diferenciarlas de las actuaciones administrativas, que figuran bajo la cabecera, PARTE RESOLUTIVA.

La legislación otorga a esta función de control político gran relevancia y, en consecuencia, establece que en los «plenos ordinarios la parte dedicada al control de los demás órganos de la Corporación deberá presentar sustantividad propia y diferenciadora de la parte resolutiva, debiéndose garantizar de forma efectiva en su funcionamiento y, en su caso, en su regulación, la participación de todos los grupos municipales en la formulación de ruegos, preguntas y mociones» (artículo 46.2 e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local y artículo 58.3 del reglamento municipal).

Se califican como iniciativas de impulso y orientación política las mociones y declaraciones institucionales.

Las mociones son propuestas de acuerdo destinadas a impulsar, orientar o controlar la acción política de los órganos del Ayuntamiento de València presentadas por concejales, concejalas y grupos municipales. La aprobación de mociones solo requiere mayoría simple de votos a favor. Si se presentan alternativas y enmiendas a la propuesta inicial, también serán objeto de debate y votación.

Las declaraciones institucionales son propuestas que expresan la posición política del Ayuntamiento de València sobre cualquier asunto de interés para las vecinas y vecinos del municipio. Han de ser aprobadas por unanimidad, porque su adopción no suscita ningún reparo u oposición entre los miembros de la Corporación.

Se califican como otros procedimientos de transparencia y control los ruegos, las preguntas y las interpelaciones a la alcaldía u otros miembros del equipo de gobierno municipal. Ninguno de ellos se somete a votación.

Las interpelaciones son peticiones de explicaciones sobre los motivos o propósitos de la actuación del gobierno municipal en cuestiones de política general del Ayuntamiento, que se dirigen a un miembro del equipo de gobierno con la intención de suscitar un debate.

Las preguntas se definen como cuestiones o solicitud de aclaraciones sobre hechos, situaciones, decisiones, planes o medidas políticas que afecten directamente a la gestión municipal o institucional que cualquier miembro de la corporación puede dirigir o plantear a los miembros del gobierno municipal para obtener una respuesta.

Los ruegos se determinan como la formulación de una solicitud de actuación dirigida a alguno de los órganos de gobierno municipal, que buscan ser atendidos.

Las Comisiones Informativas son comisiones permanentes que el Pleno acuerda constituir para la preparación de los asuntos que se someterán a su decisión y también para ejercer el seguimiento de la gestión de los restantes órganos municipales.

La legislación básica del Régimen Local se refiere a esta importante función de las Comisiones en los municipios de gran población, como lo es el de València, referida al seguimiento de la gestión del alcalde y de su equipo de gobierno, sin perjuicio del superior control y fiscalización que, con carácter general, le corresponde al Pleno (artículo 122.4 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases de Régimen Local).

Por tanto, concejalas y concejales también pueden formular en las sesiones ordinarias de las Comisiones ruegos, preguntas y mociones, siguiendo, por aplicación supletoria, las mismas reglas que el Pleno.

En los órdenes del día de las sesiones del Pleno y las Comisiones que se encuentran publicados en esta web en el apartado 'Actividad órganos de gobierno', subapartados 'Pleno del Ayuntamiento' y 'Comisiones de Pleno', respectivamente, se puede consultar un extracto de estas actuaciones.

En las actas de las sesiones, publicadas en formato PDF en estos mismos apartados de la web, se puede consultar su texto completo y el debate y votación suscitados en el caso de las mociones y declaraciones institucionales, así como el debate de las interpelaciones, las respuestas a las preguntas y contestación de los ruegos, si eventualmente se ha producido.

Las actas publicadas son las del Pleno, desde septiembre de 2009, y las de las Comisiones del Pleno, desde enero de 2018.

En el apartado 'Actividad órganos de gobierno', con la denominación de 'Buscador de epígrafes', se encuentra una herramienta que permite localizar los epígrafes o extractos de asuntos incluidos en las Órdenes del Día de las sesiones plenarias desde enero de 2000, mediante la búsqueda de cualquiera de las palabras que aparecen en su texto. También se pueden localizar los extractos de los asuntos incluidos en los órdenes del día de las Comisiones y de otros órganos colegiados municipales.