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La Junta de Gobierno aprueba la convocatoria de las Residencias de Creación Artística 2025

• Estas becas tienen como objetivo fomentar la creqatividad y nuevos formatos de comunicación con el espectador

07/02/2025

  • Las salas municipales en donde se llevarán a cabo serán el Teatro El Musical (TEM), el Auditorio La Mutant y el Espai LaGranja
  • El importe global máximo que se destina a estas becas asciende a 50.000 euros y se otorgarán 6 residencias de tres meses de duración como máximo
  • También se ha aprobado convocar las ayudas para Asociaciones de Profesionales de las Artes Escénicas por una cuantía de 40.000 euros

La Junta de Gobierno Local (JGL) ha aprobado la convocatoria para la concesión de subvenciones para las Residencias de Creación Artística 2025, que se desarrollarán en la ciudad de València, y cuyo importe asciende a 50.000 euros.

El portavoz municipal, Juan Carlos Caballero, ha explicado que estas ayudas “tienen como objetivo fomentar nuevos formatos de comunicación con el espectador, así como la creatividad generando espacios de encuentro y de trabajo de aquellos creadores y creadoras que buscan sinergias artísticas entre las distintas disciplinas que conforman las Artes Escénicas”.

Según la convocatoria, las Residencias de Creación Artística se consideran un espacio donde poder desarrollar procesos creativos de carácter escénico, procesos teóricos que no necesiten presencia física de un artista y público para llevarse a cabo, procesos escritura o investigación teórica, así como de componente audiovisual. No excederán de tres meses de duración y tendrán un mínimo de diez sesiones presenciales.

De las seis residencias existentes, cuatro de ellas tendrán lugar en el Teatro El Musical (TEM) y/o en el Auditorio La Mutant y las dos restantes se llevarán a cabo en el Espai LaGranja, dependiente del Instituto Valenciano de Cultura de la Generalitat Valenciana.

Los responsables del TEM, La Mutant y del Espai LaGranja supervisarán el trabajo que se lleve a cabo, además de, autorizar, asesorar y acompañar al artista en el desarrollo de su Residencia. Para su ejecución, se coordinarán con la programación de las salas municipales y se llevarán a cabo siempre dentro del ejercicio 2025. Los resultados alcanzados en la residencia deberán tener en cuenta la transmisión de conocimientos y una relatoría del proceso investigador. Esto se podrá realizar a través de una muestra del trabajo, una grabación en vídeo o en cualquier otro formato que deje constancia del proceso.

El importe global máximo que se destina a estas becas, que son compatibles con otras para la misma finalidad, procedentes de cualesquier administración o ente público o privado, nacional, europeo o internacional, asciende a 50.000 euros. Asimismo, se establece un límite máximo de 8.333,33 euros por residencia, siempre y cuando el importe de la actividad subvencionada supere esta cuantía, con un total de 6 residencias y se subvencionarán los costes del proyecto estrictamente necesarios para su ejecución.

Cualquier persona física o jurídica, que cumpla los requisitos contemplados en las bases, podrá beneficiarse de estas ayudas, que se otorgan en régimen de concurrencia competitiva. El plazo para la presentación de solicitudes será de 20 días naturales, a contar a partir del día siguiente de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).

Las solicitudes se presentarán preferentemente a través de la sede electrónica mediante instancia electrónica, aunque también se pueden presentar en los registros de entrada del Ayuntamiento. Se deberá aportar una descripción pormenorizada del proyecto, que incluya la memoria que acredite la estructura y los medios disponibles para llevarlo a cabo y la memoria que describa la actividad a desarrollar. En esta última se especificarán el nombre del proyecto, los objetivos, la descripción, la forma de compartir los resultados alcanzados, los candidatos o candidatas a la residencia y el presupuesto total de la actividad. 

Entre los criterios de valoración destacan la calidad artística, el grado de elaboración, originalidad o interés de la actividad; la innovación; la adecuación del proyecto a las condiciones sociales, culturales u otras del ámbito donde se vaya a desarrollar; su contribución a la sensibilización de la opinión pública; y la incorporación del enfoque de género al proyecto y presencia femenina en el equipo.

Ayudas para las Asociaciones de Profesionales de las Artes Escénicas

La Junta de Gobierno también ha aprobado convocar, a través de su Delegación de Acción Cultural, las ayudas para las Asociaciones Profesionales del Sector de las Artes Escénicas 2025, por una cuantía global de 40.000 euros.

Estas subvenciones están dirigidas a financiar los gastos de estructura y funcionamiento de las asociaciones o entidades sin ánimo de lucro que defiendan los intereses de los colectivos de profesionales de artes escénicas, tales como teatro, circo y danza, con domicilio social en València y cuya actividad se desarrolle entre el 1 de septiembre de 2024 y el 31 de agosto de 2025.

El objetivo de las ayudas es promover el funcionamiento y la actividad del asociacionismo profesional en materia de artes escénicas, así como los proyectos de formación, innovación y mejora profesional.

Podrán beneficiarse de esta línea de subvenciones cualquier asociación o entidad sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia que cumpla los requisitos indicados en las bases de la convocatoria. Cada asociación o entidad podrá presentar un único proyecto consistente en el Plan de Actividad, que incluirá el conjunto de acciones relacionadas con la defensa y representación de los intereses del sector.

Este Plan podrá incluir, entre otras, actuaciones en el ámbito de la promoción y difusión de las artes escénicas; estudios, consultas e informes sobre el sector de las artes escénicas; actividades de formación, asesoramiento profesional e información de interés para las personas socias; participación o realización de proyectos en colaboración con otras asociaciones, así como aquellos que contribuyan al crecimiento del sector. No serán objeto de esta convocatoria la producción de espectáculos o de obras audiovisuales, ni la programación de festivales o circuitos de programación.

El plazo para la presentación de las solicitudes será de veinte días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.