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Las personas mayores pueden obtener el certificado Covid en sus Centros Municipales de Actividades

Pilar Bernabé explica que este servicio que empezó la semana pasada, estará en marcha durante todo el mes de diciembre en horario de mañana

• Las personas mayores sufren una brecha digital que los dificulta poder obtener el certificado covid.

03/12/2021

La Concejalía de Personas Mayores ha puesto en marcha un servicio de ayuda a las personas mayores en los Centros Municipales de Actividades para ayudarles obtener el pasaporte Covid. “Somos conscientes de que existe una brecha digital que les dificulta poder obtener este certificado y por eso desde hace una semana y durante todo el mes de diciembre les ayudaremos a obtenerlo”, ha explicado la responsable de esta área, la concejala Pilar Bernabé.

 

A este respecto, Bernabé ha precisado que las personas que necesiten esta ayuda para obtener el documento, podrán acudir a los centros de personas mayores en horario de mañana y serán atendidas por los equipos técnicos y el personas ecovid que trabajan en los centros. Asimismo, ha señalado que se da respuesta a las nuevas medidas que han entrado en vigor respecto al acceso a determinados establecimientos en el ámbito de la Comunitat Valenciana, como consecuencia de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.

Se trata de la exigencia de presentación de certificado de vacunación, prueba diagnóstica o certificado de recuperación Covid-19 en determinados establecimientos, locales y eventos. Este documento se requiere para el acceso de las personas mayores de 12 años, incluida esta edad, al interior de los siguientes establecimientos, donde es necesario el uso de la mascarilla.

De acuerdo con la resolución de la Conselleria de Sanidad en estos locales y establecimientos y en los lugares donde se desarrollen estos eventos, el acceso a los mismos requiere la presentación de un certificado emitido por un servicio público de salud, o, en el caso de la letra b de este punto 3, por un laboratorio oficial autorizado, que acredite la concurrencia de alguna de las siguientes circunstancias.

Por un lado, que a la persona titular se le ha administrado la pauta de vacunación completa contra la Covid-19 de alguna de las vacunas autorizadas (certificado de vacunación). Por otro, que la persona titular disponga de una prueba diagnóstica negativa en relación con la Covid-19 realizada en las últimas 72 horas en el caso de las pruebas RT-PCR, y en las últimas 48 horas en el caso de los tests de antígenos. Finalmente, que la persona titular se ha recuperado de la Covid-19 en los últimos seis meses después de un resultado positivo obtenido mediante una prueba diagnóstica considerada válida por la autoridad competente (certificado de recuperación).

En consecuencia, la resolución establece que, a dichos efectos, la persona que quiera acceder a estos establecimientos, locales y eventos, tiene que presentar, junto con el documento acreditativo de su identidad, cualquiera de los certificados previstos, en soporte digital o en soporte papel, a las personas designadas para el control de accesos por parte de la persona titular o responsable del establecimiento, quienes realizaran su comprobación.

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Pilar Bernabé