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Urbanismo da un nuevo impulso al registro de solares al aumentar las zonas de registro y la penalización

La Comisión de Desarrollo Urbano ha actualizado los criterios para “mejorar el proceso y ampliar los criterios territoriales

• Solar en València

22/02/2021

La comisión de Desarrollo y Renovación Urbana ha aprobado la actualización de los criterios de Registro de solares y edificios a rehabilitar para darle un nuevo impulso tras su reactivación en el año 2017, según ha informado la Vicealcaldesa y concejala de Desarrollo y Renovación Urbana, Sandra Gómez.

 

Gómez ha recordado que, en 2017, el Ayuntamiento “reactivó el registro y fijó unos criterios para su nueva puesta en marcha”. Así ha precisado que se fijaron “criterios territoriales, con zonas prioritarias; criterios materiales, como los fuera de ordenación que ocupan la vía pública, los que provengan de demoliciones de ruinas inminentes o los que incumplan reiteradamente las órdenes de limpieza o vallado”. Además, ha indicado que se fijó “una cantidad que los propietarios que piden licencia han de abonar en forma de garantía que pierden si no edifican, para evitar que solicitaran licencia pero que nunca llegaran a edificar”.

La Comisión de Desarrollo Urbano ha actualizado los criterios para “mejorar el proceso y ampliar los criterios territoriales”. Hasta ahora, ha señalado que en los criterios territoriales estaban incluidos los centros históricos de Ciutat Vella, Grao Cabanyal, y el ensanche ENS-2, que comprende el “primer ensanche”, “ensanche de Mora”, “área de ruzafa”, “ensanche grao”, “ensanche Quart”, “ensanche Padre Jofre” y “ensanche Convento Jerusalén”. Con esta actualización, ha informado que se añade el ENS-1, que comprende el barrio del Botánico, la Petxina y Arrancapins.

En cuanto a los criterios materiales, ha explicado que también se “añaden dos supuestos”. Uno, cuando la licencia de nueva planta solicitada caduque para evitar que se perpetúe. El otro, cuando se solicite cédula de garantía urbanística y el plazo de vigencia de un año caduque sin que se haya solicitado licencia.

Por otra parte, se han fijado criterios para cuantificar la deducción del aprovechamiento que se aplica a los propietarios que finalmente sean incluidos. Cuando un solar es incluido en el registro y un tercero quiere edificar, el tercero paga el valor del solar completo, pero el Ayuntamiento se queda parte de ese aprovechamiento como penalización.

Sandra Gómez ha precisado que esa reducción para el propietario “puede llegar hasta el 50%”. Los nuevos criterios establecen una reducción del 10% para solares de hasta 100 m2; 20% entre 100 y 200 m2; 30% entre 200 y 300 m2; 40% si tiene más de 300 m2. Además, si el solar vacante está ubicado en alguna de las Áreas del Conjunto Histórico de València declarado Bien de Interés Cultural, estos porcentajes se incrementan un 10%.

En el caso de los edificios catalogados a rehabilitar, si la protección es tipológica, se aplicará un 10%; si es ambiental un 20%; si es parcial un 30%; y si es integral un 40%. Si el edificio llegara a desaparecer por incumplimiento del deber de conservación, conllevaría una reducción del 50%.

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Sandra Gómez