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TEMA 8 - València

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TEMA 8


TRABAJOS EN LA VIA PUBLICA Y EN LA EDIFICACIÓN


¿Cuándo y en que condiciones se pueden realizar trabajos en la vía pública y en la edificación?

No podrán realizarse estos trabajos entre las 22:00 - 08:00 horas, exceptuando las obras urgentes que serealicen por razones de necesidad o peligro y aquellas que por sus inconvenientes no puedan realizarse dedía.

– La maquinaria y los sistemas o equipos complementarios que se utilice en las obras y trabajos deconstrucción, modificación, reparación o derribo de edificios e infraestructuras deberán ajustarse a lalegislación vigente.

– Los responsables de las obras deberán adoptar las medidas necesarias para que los ruidos y vibracionesno excedan de los límites establecidos.

– En estos trabajos no se empleará maquinaria cuyo nivel de presión sonora supere un nivel máximo deLAmax de 90 dBA, medidos a 5 m del perímetro de la obra.

– Si por razones especiales, (por complejidad o magnitud de la obra, siempre que no exista otra posibilidad demaquinaria alternativa), la maquinaria utilizada, podrá superar el nivel máximo de LAmax 90 dBA, para ellose debe de solicitar previamente una autorización.

¿Qué debe de contener dicha autorización?

 

La justificación del período de tiempo y el límite de horas diario, siendo la franja horaria máxima entre las10:00 - 18:00 horas, aunque por características acústicas del entorno ambiental, el Ayuntamiento puedeestablecer mayores limitaciones horarias y medidas correctoras.

– La justificación del cumplimiento del Real Decreto 524/2006, del 28 de abril por el que se modifica el RealDecreto 212/2002, del 22 de febrero, por el que se regulan las emisiones sonoras debido a determinadasmáquinas de uso al aire libre, para lo cual se aportará la ficha técnica del fabricante, con características dela maquinaria con el nivel de potencia acústica garantizado, el marcado CE y la Declaración CE deConformidad del fabricante.