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TITULO III - València

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TITULO III


ACTIVIDADES EN LA VÍA PÚBLICA Y ESPACIOS ABIERTOS SUSCEPTIBLES DE PRODUCIR RUIDOS Y VIBRACIONES.


¿Qué tipo de avisos sonoros están prohibidos?

En general, esta prohibido emplear dispositivos sonoros en espacios públicos con fines de propaganda, reclamo,aviso, distracción y análogos, cuyas condiciones de funcionamiento produzcan molestias.
No se aplicará esta prohibición, en casos de emergencia o de tradicional consenso, y podrá ser dispensada entoda la ciudad o en parte de ella por razones de interés general o de especial significación ciudadana. Dichaexcepción deberá de ser explicitada en la autorización.

Actividades que se pueden realizar en la vía pública con autorización previa:

– Instalación o uso de reproductores de voz, amplificadores de sonido, aparatos de radio o televisión,instrumentos musicales, actuaciones vocales, o análogos.
– Disparar productos pirotécnicos en las horas, lugares y actos autorizados.
– Manifestaciones populares derivadas de la tradición, las concentraciones de clubes o asociaciones; o actosrecreativos, deportivos, artísticos o similares.
– Conciertos y espectáculos singulares al aire libre, en los espacios reservados para dichas circunstancias.
– La solicitud de celebración de verbenas y espectáculos singulares se realizará por Falla ó entidadciudadana responsable del acto, que velará por el cumplimiento de las condiciones impuestas, especialmente en materia de cumplimiento del horario que se concretará en la correspondiente autorización.(El incumplimiento de estas condiciones supone la denegación del permiso para el año siguiente).
Será motivo de queja si:

• Durante el período autorizado se supera un nivel sonoro de 90 dBA medidos a 5 m del foco sonoro.
• No se respetan los horarios máximos para la celebración de las verbenas. El horario para lasverbenas de carácter general, es hasta las 02:00horas, para las verbenas de San Juan las 03:00horasy durante el periodo de Fallas hasta las 04:00horas.

– Cualquier actividad de carácter musical celebrada en la vía pública, tendrá una limitación de 90 dBA y elhorario general de las 02:00horas, en actividades realizadas por entidades ciudadanas o de vecinos ycontando con la correspondiente autorización.