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La Alcaldesa

Preside la Corporación y ostenta la máxima representación del Municipio. Le corresponde la superior dirección y coordinación del gobierno y de la administración municipal.

Su elección se realiza en el Pleno por mayoría absoluta de los votos de las concejalas y los concejales, en la sesión constitutiva de la Corporación. Si ninguna o ninguno de ellos obtiene la mayoría absoluta, se proclama alcalde o alcaldesa a quien encabeza la lista que haya obtenido mayor número de votos en el municipio. En caso de empate se resuelve por sorteo.

Entre sus atribuciones figura la de establecer las directrices generales de la acción de gobierno municipal y asegurar su continuidad; así como la organización y estructura de la Administración municipal ejecutiva sin perjuicio de las competencias atribuidas al Pleno en materia de organización municipal.

En el ejercicio de sus competencias, la alcaldía podrá aprobar Bandos y Decretos, así como dictar Instrucciones para dirigir la actuación de los órganos municipales en el desempeño ordinario de sus competencias.

ATENCIÓN CIUDADANA


 

Rita Barberá Nolla, Alcaldesa de Valencia


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